Cuarta condena consecutiva a FCC Medio Ambiente en Zaragoza por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical de CGT

Cuarta condena consecutiva a FCC Medio Ambiente en Zaragoza por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical de CGT

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha vuelto a condenar a la multinacional FCC Medio Ambiente en Zaragoza por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical de la CGT, según ha informado el sindicato este 21 de abril en un comunicado. Se trata de la cuarta condena consecutiva por hechos similares, en un contexto que el sindicato califica de vulneración continuada de derechos en los últimos años.

El fallo declara “haber vulneración del derecho fundamental de libertad sindical en su vertiente de derecho a la información”, y condena a la empresa a cesar en dicha conducta, a facilitar a las personas delegadas sindicales la documentación solicitada y a abonar una indemnización de 7.500 euros en concepto de daños y perjuicios.

FCC Medio Ambiente presta servicio en distintos centros de trabajo de la provincia de Zaragoza y gestiona contratas de limpieza pública, recogida de residuos, puntos limpios o parques y jardines, entre otras. En este contexto, CGT denuncia que la empresa ha venido negando de forma reiterada información esencial para el ejercicio de la acción sindical.

La sentencia considera probado que la empresa no ha entregado a las personas delegadas sindicales la información a la que tienen derecho según el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos, incluyendo copias básicas de contratos, denuncias o datos sobre el índice de absentismo.

Desde CGT subrayan que los tribunales han venido reconociendo que esta práctica “quebranta la tutela de libertad sindical” al impedir el desarrollo de la acción sindical, en particular en lo relativo a la transmisión de información entre el sindicato, sus delegados y las personas trabajadoras afiliadas, un elemento que la jurisprudencia considera “idóneo, necesario, proporcionado y legítimo” para la defensa de los intereses sindicales.

El TSJA encuadra estos hechos en la vulneración del artículo 28 de la Constitución española, relativo a la libertad sindical, en su vertiente del derecho a la información, así como del artículo 8.1.c de la Ley Orgánica de Libertad Sindical en relación con el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. En consecuencia, obliga a la empresa a cesar en la conducta y a facilitar la documentación requerida.

Además, el tribunal tiene en cuenta la reiteración de los hechos —con varias condenas previas por vulneraciones similares— para fijar la indemnización de 7.500 euros por daños y perjuicios.

Noticia Arainfo