Modificación en la gestión de los partes de baja.

Modificación en la gestión de los partes de baja.

A partir del 1 de abril la persona trabajadora NO tendrá que entregar el parte de baja, confirmación o alta, los gestionará el propio personal facultativo médico.

El Real Decreto se aprobó en el último Consejo de Ministros de año y se publicó en el B.O.E. el pasado 5 de enero.

Cambios en la tramitación y control de partes por incapacidad temporal. Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Consulta el Real Decreto en:

https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/27/1060