El SEPE habilita la compensación por compatibilizar un ERTE y un trabajo a tiempo parcial

El SEPE habilita la compensación por compatibilizar un ERTE y un trabajo a tiempo parcial

El Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, estableció el derecho a percibir una compensación económica a las personas beneficiaras de una prestación por ERTE cuya cuantía se hubiera visto reducido en proporción al tiempo trabajado por mantener, en el momento del reconocimiento inicial de la prestación, una o varias relaciones laborales a tiempo parcial no afectadas por procedimientos de regulación temporal de empleo.

La solicitud de dicha compensación debe realizarse hasta el 30 de junio de 2021 a través de la pre-solicitud, disponible en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Enlace a pre-solicitud:

https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e2s1

En el primer paso llamado 1. Trámite hay que indicar DNI y seleccionar Pre-Solicitud de prestación individual.

En el segundo paso llamado 2. Solicitud hay que seleccionar en la pestaña de Subtrámite(*) la opción que dice Compensación trabajo a TP durante prestación ERTE Covid-19

A continuación rellenamos los datos personales que nos piden y enviamos. Recordad descargar el PDF al final para guardar justificante de haberlo presentado.

El importe de la compensación económica a percibir, si corresponde, será equivalente a lo dejado de percibir por la deducción efectuada ante la situación de compatibilidad entre prestación y trabajo a tiempo parcial.

El plazo máximo para que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) resuelva las solicitudes presentadas se extenderá hasta el 31 de julio de 2021.

¿Por qué se ha establecido esta compensación?

Lo que ha pasado hasta ahora, es que la combinación del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, en combinación con la Ley General de la Seguridad Social, provocaba una penalización injusta para quienes eran enviados y enviadas a un ERTE en una empresa y en la otra continuaban trabajando. Para entenderlo mejor, pondremos el siguiente ejemplo básico:

1º. Una trabajadora con dos contratos a tiempo parcial a media jornada, en el que en cada uno tiene una Base Reguladora de 500 €. En una de las empresas le aplican un ERTE, y en la otra no.

2º. Aplicando el RD-Ley 8/2020, para calcularle cuanto le corresponde de prestación por desempleo, se tiene en cuenta solamente la Base Reguladora del trabajo donde le han mandado a ERTE, es decir, 500 €. En condiciones normales, hubieran tenido en cuenta la suma de las dos bases, es decir, 1000 €.

3º. Sobre estas cuantías, la prestación que corresponde es el 70%, es decir, 350 €. En condiciones normales, hubiera sido de 700 €.

4º. Ahora bien, como la Ley General de la Seguridad Social sigue vigente y aplicable, hay que proceder a descontar de esas cuantías el porcentaje que supone el empleo que se mantiene, es decir, el 50%. Por tanto, la trabajadora acabará devengando 175 € del ERTE y 500 € de la empresa donde continúa trabajando. Sin embargo, en condiciones normales, la trabajadora habría devengado 350 € de ERTE y 500 € de la empresa donde continúa trabajando.

¿Dónde ha estado el «error»?

Lo primero deberíamos aceptar que ha sido un error a la hora de legislar. En la asesoría laboral atendimos varios casos de afiliados y afiliadas extrañadas ante lo poco que ingresaban de ERTE y enseguida vimos que algo no andaba bien. Por tanto, aceptar que todo ha sido un «error» o un «despiste» quizás es otorgarles una incapacidad tan grande que resulta preocupante.

Esto se hubiese evitado si, ya que solamente se tenía que coger la base de cotización del trabajo en el que a la persona le mandaban a ERTE, se hubiera paralizado esa «doble reducción». Con un párrafo más hubiese bastado para dejarlo claro. Pero no se hizo.

En un mercado laboral en el que los contratos a tiempo parcial están a la orden del día, y en el que cada vez más gente tiene que compatibilizar varios trabajos para llegar a final de mes, este «descuido», «error» o «despiste» es una irresponsabilidad sobre la que se debería pedir perdón. Perdón por, entre otras cosas, lo irreversible que supone que tanta gente haya estado cobrando menos durante estos meses tan duros.

Porque en caso de no pedir perdón, podría pensarse que no son tan incapaces, y que esta medida estaba pensada para que ahora miles, cientos de miles, o millones de personas, no obtengan esa compensación porque se les acabe el plazo para pedirla.

Asesoría Laboral de CGT Aragón – La Rioja