DERECHO DE LOS INTERINOS A PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE GRUPOS

Si cuando lleguéis al departamento os encontráis con la distribución de los grupos hechos y no estáis de acuerdo, podéis protestar. En la Orden de 22 de agosto de 2002 (http://www.educaragon.org/files/Orden_22082002.pdf) en sus puntos 84 y 85 tenéis cómo se deben organizar los departamentos para la elección de los grupos.
La constitución de los departamentos, sin la que no se puede hacer la distribución de los grupos, debe hacerse cuando se han incorporado todos los miembros, por lo que hasta que no llegan los interinos no se pueden constituir ni repartir.
Si el profesorado interino se incorpora tarde a los centros y no el 1 de septiembre como el resto de sus compañeros, no es por culpa del mencionado colectivo, sino por decisión de la actual Administración educativa aragonesa de retrasar la incorporación del profesorado interino estrictamente por razones económicas, sin importarle el perjuicio que esta decisión iba a causar en el normal funcionamiento de los centros educativos, muchos de los cuales tienen en el profesorado interino una parte muy importante de su plantilla.
Este curso el profesorado interino de Enseñanza Secundaria es contratado el 11 de septiembre, cuando su alumnado lo hace el 15, siendo 13 y 14 sábado y domingo. Es evidente que tener que esperar a dos días antes del comienzo de las clases para organizar un Instituto es una situación absurda, pero los damnificados de esa situación no pueden ser los interinos.
En un principio tenéis que hablar con el jefe de departamento, si este no atendiese la petición de reorganizar los grupos conforme a la Orden, podéis hablar con el director, el último paso sería hablar con la inspección educativa.
Si no estáis conformes, protestad y ejercer vuestros derechos, ya han quitado muchos.
La CGT ya lo exigió en una mesa sectorial del curso pasado, para que en este curso 2014/15 la administración lo dejara claro en las Instrucciones de Inicio de Curso. Lo volveremos a hacer en la próxima Mesa Sectorial.
Y por supuesto seguiremos exigiendo que se contrate a todo el Profesorado Interino el 1 de septiembre, lo que resolvería todos estos problemas.

Un comentario en «DERECHO DE LOS INTERINOS A PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE GRUPOS»

  1. DERECHO DE LOS INTERINOS A PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE GRUPOS
    La norma tiene muchas carencias.
    Según ella en las sucesivas rondas de elección eligen primero los catedráticos, luego el resto de funcionarios de carrera y luego los interinos.
    Habla de cómo se establece la prioridad entre los catedráticos y cómo entre el resto de funcionarios de carrera, pero… ¿cómo se establece la prioridad de elección entre los interinos? De ellos no se dice nada. Lo normal sería hacerlo por ordenación en las listas, pero seguro que otros considerarán otros parámetros si les puede beneficiar.

    Resulta que en muchos departamentos los interinos ya son mayoría, así que la norma parece estar pensada para una minoría de los afectados. Deberían pronunciarse, que bastante caldeados están ya los ánimos como para echar más leña al fuego.

    ¿Y en vuestros departamentos cómo lo hacéis?

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